martes, 22 de marzo de 2022


El 23 de marzo en tiempos

DE LA COVID - 19


¿Qué se puede hacer?

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El Tribunal de La Haya falló a favor de Chile ante la demanda boliviana que exigía una salida al mar. El conflicto no solo tiene como marco razones históricas, sino que fue utilizado políticamente tanto por Evo Morales como por Sebastián Piñera. A pesar del fallo del Tribunal, todavía es posible explorar otras alternativas consensuadas pero que exigirían concesiones que ninguno de los dos países parece dispuesto a hacer.

En Octubre de 2018, la ingrata decisión de la Corte Internacional de Justicia de la Haya, de zanjar por 12 votos a 3, a que Chile no asume la obligación de negociar una salida soberana al Océano Pacífico, es un golpe duro, es un golpe tremendo para la estirpe de Bolivia que reclama incansable un derecho, y no así un anhelo.

Se suma el rechazo de otros clamores, en la misma proporción de 12 votos a 3, circunstancia aciaga que nos obliga a meditar que el derecho internacional en su verdadera esencia estuvo ausente y muy lejos de la realidad.

El derecho internacional, no es pues un derecho penal; es la rama del derecho público exterior que estudia y regula el comportamiento de los Estados y otros sujetos internacionales, en sus competencias propias y relaciones mutuas, sobre la base de valores comunes, para garantizar la paz, mediante normas nacidas de fuentes internacionales específicas. O más brevemente, es el ordenamiento jurídico de la comunidad internacional.

Está claro en la historia que las tropas chilenas avanzaron hasta Calama y terminaron apropiándose del litoral boliviano, donde permanecen hasta hoy. Así empezó la desigual Guerra del Pacífico, que dejó a Bolivia sin un acceso soberano al mar.

La agresión chilena al Litoral se remonta a 1842, cuando el Congreso de ese país aprobó una ley señalando que el desierto de Atacama era suyo, pese a que la historia decía lo contrario.

En 1857, fuerzas navales chilenas desembarcaron en Mejillones para consolidar la toma del citado territorio. El Congreso boliviano, entonces, hizo una declaración de guerra que no pasó de ser un acto simbólico dada la incapacidad bélica del país. Tampoco funcionó la diplomacia y Chile se hizo de las riquezas del Litoral boliviano.

Ese fue el motivo que Chile encontró para invadir el puerto de Antofagasta. Las tropas se apoderaron de las minas de plata de Caracoles y los depósitos de guano de Mejillones.

La invasión no halló resistencia, puesto que no había presencia uniformada en la zona. Ladébil defensa boliviana se organizó en Calama al mando de Ladislao Cabrera, con 150 hombres, la mayoría civiles, entre los que luego destacaría Eduardo Abaroa, un comerciante de San Pedro de Atacama. El combate fue en el puente Topáter.

Bolivia, que había sido leal con Perú cuando Chile le ofreció quedarse con Tacna y Arica a cambio de traicionar a su aliado, esta vez tuvo que sufrir un revés. En 1884, Bolivia y Chile firmaron el tratado de tregua y, 20 años más tarde, es decir, en 1904, Bolivia tuvo que ceder su Litoral.

Un toque de corneta ordenó la retirada en dirección a ChiuChiu, Canchas Blancas y Potosí. Todos obedecieron, menos Eduardo Abaroa. Los dos oficiales y los ocho rifleros que lo acompañaban cayeron prisioneros. Abaroa murió peleando en el Puente del Topater.

Si se reflexiona la prerrogativa del derecho internacional, en ambos casos, bilateral o multilateral, el nivel adquirido al comprometerse un Estado es el de poner en vigor la norma acordada en su propio territorio y aplicarla por encima de las normas nacionales, conforme a las particularidades de cada orden jurídico interno.

Nuestra impotencia después del fallo del tribunal de LA HAYA, pareciera que nos convirtiera a ser “Albatros” y volar el Mar del Sur y mirar a los intrépidos navegantes que arriesgan sus vidas y dejan todo en busca de su sueño, en busca de su sueño imposible.

La suspicacia se agravó por la forma de designación de sus magistrados, “masters of theworld”, amos del mundo, pretendieron tener autoridad (que no la tienen), para resolver y condicionar, en única instancia, diferencias y obligaciones jurídicas artificiales entre los Estados.

En las nominaciones de estos jueces prevalecen consideraciones de representación geográfica y, principalmente, negociaciones políticas de los 193 países miembros de Naciones Unidas.Su origen politizado no garantizó ecuanimidad y tampoco conocimiento y aplicación del Derecho Internacional.



Julio Ríos

Cuando leí EL PRINCIPITO, me quedó grabada esta expresión: Evoca primero en los hombres y mujeres el anhelo del mar libre y ancho. Viajar a cualquier destino en el que asome el Lago Titicaca, tan azul, tan bello y radiante como el cielo, es a veces el único consuelo que espiritualmente puede reemplazar la realidad del verdadero mar.

Queda, no obstante, reclamar a La Corte, que su función era decidir conforme al derecho internacional las controversias conocidas y, que las convenciones internacionales, sean generales o particulares, éstas establecen reglas expresamente reconocidas por los Estados litigantes. Los principios generales del derecho son reconocidos por las naciones civilizadas.

De momento, se ha fortalecido un pleito que dañará por años las relaciones entre  Chile y Bolivia. Más aún, ha permitido que el ex Gobierno del MAS hace 2 años siga las aguas de Maduro, pero su deseo de permanecer indefinidamente en el poder tuvo su fin el 20 de octubre de 2019. Su demanda, con el resultado de la Haya, fue un instrumento nefasto y solamente político.

When I read EL PRINCIPITO, this expression stuck in my mind: It evokes in men and women the longing for the free and wide sea. Travelling to any destination where Lake Titicaca, as blue, as beautiful and radiant as the sky, is sometimes the only consolation that can spiritually replace the reality of the real sea.

It remains, however, to claim to the Court that its function was to decide known disputes in accordance with international law, and that international conventions, whether general or particular, establish rules expressly recognised by the disputing States. The general principles of law are recognised by civilised nations.

For the time being, it has strengthened a dispute that will damage relations between Chile and Bolivia for years to come. Moreover, it has allowed the former MAS government 2 years ago to follow the waters of Maduro, but its desire to remain in power indefinitely came to an end on 20 October 2019. Its lawsuit, with the outcome of the Hague, was a nefarious and solely political instrument.

Quando li EL PRINCIPITO, esta expressão ficou na minha mente: ela evoca em homens e mulheres o anseio pelo mar livre e largo. Viajar para qualquer destino onde o Lago Titicaca, tão azul, tão belo e radiante como o céu, é às vezes o único consolo que pode substituir espiritualmente a realidade do mar real.

Resta, no entanto, alegar ao Tribunal que sua função era decidir disputas conhecidas de acordo com o direito internacional, e que as convenções internacionais, sejam elas gerais ou particulares, estabelecem regras expressamente reconhecidas pelos Estados em disputa. Os princípios gerais do direito são reconhecidos pelas nações civilizadas.

Por enquanto, ela fortaleceu uma disputa que prejudicará as relações entre o Chile e a Bolívia nos próximos anos. Além disso, permitiu que o antigo governo do MAS, há dois anos, seguisse as águas de Maduro, mas seu desejo de permanecer no poder indefinidamente chegou ao fim em 20 de outubro de 2019. Seu processo, com o resultado de Haia, foi um instrumento nefasto e exclusivamente político.

 Mujer hermosa joven en el mar en verano Foto Premium